Las entidades Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), la Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC), la Unión de Entidades Comerciales Argentinas (UDECA), y la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS) han suscrito un nuevo acuerdo en el marco de la paritaria 2024 para la actividad mercantil.
Para el periodo comprendido entre el 1° de junio de 2024 y el 31 de marzo de 2026, se ha establecido un nuevo acuerdo salarial con el objetivo de ajustar las remuneraciones de los empleados del sector mercantil de acuerdo con las condiciones económicas actuales. A continuación, se detallan los puntos más relevantes del incremento salarial y otras consideraciones del acuerdo:
Incremento salarial:
Se acuerda un aumento del 13.5% sobre las escalas de las remuneraciones básicas del CCT N° 130/75.
La base de cálculo será los valores expresados para el mes de marzo de 2024, incluyendo las sumas de carácter no remunerativo a dicha fecha.
Este incremento se abonará en su valor nominal y en tres tramos no acumulativos: 5% desde junio, 4.5% desde julio, 4% desde agosto.
Vigencia del acuerdo:
Desde el 1° de junio de 2024 hasta el 31 de marzo de 2026.
Las partes se comprometen a reunirse en septiembre de 2024 para analizar posibles variaciones económicas.
Consideraciones especiales:
Los incrementos acordados no son vinculantes para los acuerdos salariales de la ciudad de Río Grande, provincia de Tierra del Fuego.
Las sumas resultantes de los incrementos pactados constituirán el mínimo convencional vigente a partir de la homologación.
Incorporación de incrementos no remunerativos:
Se acordó incorporar a los básicos de convenio, en tres cuotas iguales, mensuales y consecutivas (septiembre, octubre y noviembre de 2024), los incrementos no remunerativos otorgados en enero y febrero de 2024, en su valor nominal.
Contexto de la revisión:
Esta revisión se realiza en el marco del compromiso de reunión pactado el 5 de abril, debido a las variaciones económicas registradas desde entonces, según lo previsto en la cláusula 3ra del mencionado acuerdo.
Para acceder al convenio paritario, clic aquí.